Contador Jr
- Fecha de publicación:27 mayo, 2021
- Vistas 554
- Número de Vacantes 1Rango Salarial 15000Escolaridad Contador
- Género IndistintoEdad 30
Descripción de la vacante
Conformado por un grupo de profesionales calificados en distintas disciplinas; PREMURHE desarrolla productos de alta calidad basadas en la mejora continua de sus procesos, respondiendo a las actualizaciones de técnica y normativa que lo hace líder en el mercado ofreciendo servicios que abarcan la planeación, la ejecución, supervisión, el mantenimiento y/o la rehabilitación de obras de infraestructura.
El énfasis técnico actual está orientado hacia la planeación, que incluye proyectos técnicos de ingeniería y de arquitectura, supervisión de obra, análisis ambientales, financieros y verificación de calidad de materiales (LASMAC) con el respaldo de un área interna de administración.
Proyecto de obra 6 meses se busca Contador Jr
Experiencia: 8 años titulado, Administración de la Construcción, Contabilidad, Presupuestos, Fiscal.
Actividades que realizará nuestro Contador Jr:
1. Cuentas por cobrar.
2. Cuentas por paga.
3. Presupuesto anual. (elaboración y control)
4. Informes financieros.
5. Control de ingresos y egresos.
6. Apoyo en Licitación para concurso de obra.
7. Facturación.
8. Declaraciones mensuales y anuales.
9. Impuestos.
10. Conciliaciones bancarias.
11. Contabilidad.
12. Control de la depreciación mensual de activos fijos.
13. Nómina, SUA, INFONAVIT.
14. Compras.
Perfil:
*Manejo de software, hardware,
*Office
*Conpaq/ASPEL
*SUA
*Página SAT
Habilidades: · Actitud positiva. · Actitud de servicio · Iniciativa · Trabajo en equipo. · Conducirse con valores Positivos.
*Actualización de la normatividad aplicable.
*Saber Manejar.
“En Grupo Constructor Premurhe S.A. de C.V. ningún candidato o colaborar es discriminado, ni por su origen étnico o nacional, ni género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra causa que atente contra su dignidad humana, conforme el Artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo.”